URGIMIENTO EXTRACCIÓN DE FONDOS

SEÑORA JUEZA:

NOMBRE APELLIDO, en nombre y representación de mi hijo, NOMBRE APELLIDO, por derecho propio y bajo patrocinio de profesional abogado, por la personería reconocida en los autos caratulados: “NOMBRE APELLIDO s/ Prestación de Alimentos”, me presento ante V.S. y muy respetuosamente digo:—

Que, sin desconocer el recargo de trabajo del Juzgado a su digno cargo, en atención a lo estipulado en los Art. 197, del C.O.J., y, especialmente, el 412, del C.P.C., que textualmente expresa: “Cuando transcurrido el plazo legal para dictar resolución, el juez o el tribunal no lo hubiere hecho, podrá ser requerido por cualquiera de los interesados en el proceso…”, en concordancia con los Arts. 167, 170, 174 y, especialmente 179, de la ley 1.680/01, C.N. y A., vengo en debido tiempo y legal forma a Urgir se dicte resolución respecto a la Resolución, pendiente en estos autos; el expediente se halla actualmente en despacho; siendo la solicitud, realizada por mi parte, del mes de junio del año 2.009, sin que hasta la fecha se haya dictado la resolución correspondiente.—

Es de extrema urgencia que se dicte resolución al respecto, puesto que hace más de un año que existe un impedimento para retirar los fondos depositados a favor de NOMBRE APELLIDO, por los motivos expresados en el escrito inicial.—

Por otro lado, el plazo contemplando para dictar la resolución, de diez (10) días, se ha excedido ampliamente, con arreglo a lo contemplado en el Art. 170, de la ley 1.680/01, C.N. y A., en concordancia con el Art. 162, Inc. b), del C.P.C.—

En base a lo brevemente expuesto, solicito a V.S. se sirva dictar resolución, en la forma y a los efectos solicitados y, en consecuencia, librar Oficio al Banco Nacional de Fomento (B.N.F.), ordenando el retiro de los fondos depositados en la cuenta corriente Nº 60.1.XXXXXX/0 del con arreglo a lo estipulado en el Art. 571, del C.P.C., en concordancia con el Art. 170, de la ley 1.680/01, C.N. y A., por parte de mi persona o la madre de nuestro hijo, Sra. NOMBRE APELLIDO.—

PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERÁ JUSTICIA.-

⚠️ ATENCIÓN: La información presente en cada recurso debe ser tomada como una REFERENCIA de AYUDA para el profesional; los escritos NO SON FORMULARIOS. ¡Muchas gracias!