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RESOLUCIÓN INFORMACIÓN SUMARIA DE TESTIGOS

“NOMBRE APELLIDO S/ PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD”.—

A.I. N°__________

Lambaré, XX de agosto de XXXX.-

VISTO: El presente juicio, y;—–

CONSIDERANDO:

QUE, en fecha 10 de mayo de XXXX, se presenta ante el Juzgado el Abog. NOMBRE APELLIDO, por la personeria reconocida en autos, a ofrecer la información sumaria de los testigos NOMBRE APELLIDO, NOMBRE APELLIDO, a fin de acreditar que el demandado Sr. NOMBRE APELLIDO, se encuentra con paradero desconocido, conforme a los términos del escrito obrante a fs. 13/15 de autos; y por providencia de fecha 23 de mayo de 20XX, el juzgado señalo dia y hora de audiencia a fin de que los testigos ofrecidos comparezcan ante el juzgado.—-

QUE, asimismo el juzgado dispuso se recabe informe al registro de poderes, si el demandado Sr. NOMBRE APELLIDO tiene o no apoderado de conformidad al Art. 141 inc. 2 del C.P.C, habiendose agregado el informe del Registro, manifestando que no se halla registrado inscripcion de poderes a nombre del demandado.—

QUE, en fecha 14 de julio de XXXX, se presento ante el juzgado la Abog. NOMBRE APELLIDO, por la personeria reconocida en autos, a solicitar la agregación de oficio diligenciado y peticionar publicación de edcitos; y por providencia de fecha 3 de julio de 20XX el juzgado dispuso que se agregue el oficio diligenciado, y del pedido de publicación autos para resolver.—

POR TANTO en mérito a las consideraciones que anteceden y a lo establecido en el Art. 141 del C.P.C., el Juzgado;—-

RESUELVE:

 APROBAR la información sumaria de testigos rendida en autos.—–

 ORDENAR la publicación de los edictos de citación y emplazamiento por todo el plazo de Ley en los Diarios “ y CORREO COMERCIAL”, de esta Capital, bajo apercibimiento de que si no se presentare dentro del plazo legal establecido, se designara como representante al Defensor de Ausentes, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 141.—-

EXPEDIR por secretaría copia autenticada de la presente resolución.—–

ANOTAR, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia.—-

ANTE MI:

⚠️ ATENCIÓN: La información presente en cada recurso debe ser tomada como una REFERENCIA de AYUDA para el profesional; los escritos NO SON FORMULARIOS. ¡Muchas gracias!
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