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QUERELLA

OBJETO: PRESENTAR QUERELLA POR CALUMNIA

SEÑOR JUEZ DE GARANTÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL:

NN, Abogado, con Matrícula N° 12.345 en representación de los señores JUAN PEREZ, cuya identidad acredito con la Cédula de Identidad que se adjunta con la presente, conforme testimonio de poder general que acompaño, constituyendo domicilio procesal en Rodríguez de Francia N° 901 esquina Yegros de esta ciudad, siendo el domicilio real de mi mandante en la calle Antequera N° 1753 de esta capital, a S.S. respetuosamente digo: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

Que, por la presente vengo a promover formal Querella por Calumnia, en contra de la Señor Antonia Ruiz, domiciliada en la calle México N° 1756 de esta capital en base a las siguientes consideraciones de hecho y derechos que paso a exponer: – – –

HECHOS

Que, el Señor Juan Pérez es Presidente de la Comisión Vecinal “Vecinos y Amigos” del Barrio San Roque, según se puede constatar en la Resolución de la Municipalidad de Asunción N° 98 de fecha 15 de enero de 2005 por se reconoce a la Comisión Vecinal.—————————————————————-

Directiva de dicha Comisión Que, el Sr. Juan Pérez ha accedido al cargo a través del voto mayoritario de los vecinos integrantes de dicha Comisión Vecinal en elecciones libres y democráticas en las la hoy demandada se presentó como candidata a Presidenta por la otra lista.—————————

Que, desde la culminación del acto de asamblea, la hoy demandada ha tratado por todos los medios de boicotear las actividades de la comisión, al punto de negarse a integrar la Comisión Directiva, como correspondía según la legislación vigente en nuestro país.—-

Que, esta actitud hostil e improcedente en contra la Comisión Directiva en general y en contra de mi mandante en especial se ha manifestado en numerosas oportunidades con hechos como producción y distribución de panfletos, propaganda negativa en contra de las actividades desarrolladas por la Comisión Vecinal, y especialmente en una permanente acusación maliciosa e irresponsable llevada a cabo en forma verbal en contra de mi mandante, realizando una campaña de descrédito en contra del mismo, calumniándolo permanentemente con los demás vecinos tratándolo de “LADRON Y APROVECHADOR”, de todo lo cual son testigos los Señores Pedro Martínez. Raúl Aguilera, Marta Lafuente y Vicente Molas.————————

Que, mi mandante en reiteradas ocasiones, nota mediante, cuyas copias se adjunta a la presente, ha invitado a la hoy querellada para que realice sus acusaciones en forma fundada, responsable y a través de los órganos correspondiente, llegando incluso a invitarla a que en forma personal o a través de una persona designada por la misma realice una revisión del estado contable de la Comisión Vecinal, a lo cual se ha negado sistemáticamente aduciendo que “LOS PAPELES SE PUEDEN ARREGLAR DE ACUERDO A LA CONVENIENCIA DE CADA UNO”.—————-

Que, a pesar del esfuerzo realizado por el Sr. Juan Pérez por mantener un relacionamiento armónico con todos los vecinos en general y en especial con la Sra. Antonia Ruiz, la misma no ha cesado en sus ataques calumniosos en contra del mismo, el cual se ha agravado el día 25 de septiembre, fecha en que la misma se ha presentado a la redacción del Diario POPULAR, con el objeto de realizar declaraciones para su posterior publicación.————

Que, en la publicación de día 26 de septiembre de 2005, del DIARIO POPULAR en su página 23, Locales, ha publicado la entrevista anteriormente mencionada, con el título de “PRESIDENTE DE COMISIÓN VECINAL ROBA DESCARADAMENTE A INCAUTOS Y CONFIADOS VECINOS”, haciendo referencia a supuestos hechos de cometidos por mi defendido.—————————————————————————

Que, en dicha publicación, a la que acompaña la fotografía de la hoy querellada, y cuyo ejemplar se adjunta con la presente, la Sra. Antonia Ruiz realiza, acusaciones mentirosas e irresponsable, tales como que con motivo del día de la Juventud se ha lanzado una rifa a un costo de Gs. 10.000 cada número teniendo como premio una heladera de once pies de la marca COZUL y que dicha rifa, a pesar de haberse vendido la totalidad de los 1000 números lanzados, no se ha procedido a la realización del sorteo y menos aún de la entrega del premio.———————————————————————————————–

Que, dicho sorteo se ha realizado en presencia de numerosos vecinos, siendo la ganadora la Señora Marlene Sosa, quien ha retirado su premio, según consta en el correspondiente recibo que se adjunta con la presente.-

Que, este hecho ha ocasionado numerosos problemas a mi mandante, debido a que el mismo es funcionarios del Banco Nacional de Fomento, cuyas autoridades le han entregado una Resolución por la cual “hasta tanto se esclarezca el hecho denunciado en forma periodística, el mismo quedaba a disposición de la Dirección de Recursos Humanos”, lo cual significa una gran daño moral para el mismo y un desmedro de su buen nombre y reputación, que tan celosamente se ha encargado de cuidar en su dilatada carrera como profesional bancarios en los 23 años de antigüedad con que cuenta.——————

Que, así mismo, el Sr. Juan Pérez, debido a la publicación referida, es víctima de numerosas burlas por parte de conocidos y compañeros, lo cual le significa un tremendo daño psicológico, llevándolo incluso a padecer de insomnio, como se puede constatar con el Certificado Médico que se adjunta con la presente, expedido por el Dr. Aniano Arrua, profesional médico y psicólogo de renombrado prestigio en nuestro país y el exterior.——

MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDAS

DOCUMENTALES

1. Cédula de Identidad del Sr. Juan Ramírez.————————————————-

2. Certificado de Vida y Residencia del Sr. Juan Ramírez.———————————

3. Resolución N° 98 de la Municipalidad de Asunción de fecha 15 de enero de 2005 “Por la cual se reconoce a la Comisión Directiva de la Comisión Vecinal “Vecinos y Amigos” del Barrio San Roque”.————————–

4. Boletín de votos para el cargo de Presidente de la Comisión Vecinal “Vecinos y Amigos” del Barrio San Roque” utilizado en las elecciones del 7 de enero de 2005.———————————————————-

5. Copia de los panfletos distribuidos por la Sra. Antonia Ruiz con contenido calumnioso en contra del Sr. Juan Pérez.—————————-

6. Notas remitidas a la Sra. Antonia Ruiz, con el correspondiente acuse de recibo, por la cual el Sr. Juan Pérez invita a la Sra. Antonia Ruiz ha realizar una denuncia responsable sobre las acusaciones que la misma realiza verbalmente e invitándola a realizar una revisión por si misma o a través de representante de las documentaciones contables de la Comisión Vecina.————————————–

7. Un ejemplar del DIARIO POPULAR de fecha 26 de septiembre de 2005, conteniendo la publicación de la acusación calumniosa realizada en contra del Sr. Juan Pérez por parte de la Señor Antonia Ruiz.—————

8. Recibo del Premio entregado a la ganadora del sorteo, Sra. Marlene Sosa.————

9. Copia de la Resolución por la cual el Sr. Juan Pérez es puesto a disposición de la Dirección de Recursos Humanos del Banco Nacional de Fomento.——————–

10. Copia del legajo personal del Sr. Juan Pérez como funcionario del Banco Nacional de Fomento.———

11. Certificado médico expedido por el Dr. Aniano Arrua.—

TESTIFICALES

1. Sr. Pedro Martínez, paraguayo, mayor de edad, casado, comerciante, con C.I.N° 605.774 domiciliado en Antequera 1567 de esta capital.———————————

2. Lic. Raúl Aguilera, paraguayo, mayor de edad, casado, docente, con C.I.N° 506.447 domiciliado en Paraguari 1.324 de esta capital.——————————————–

3. Dra. Marta Lafuente, paraguaya, mayor de edad, soltera, Abogada, con C.I.N° 1.987.654 domiciliado en 25 de mayo 521 de esta capital.——————————

4. Sr. Vicente Molas, paraguayo, mayor de edad, casado, Empleado Militar, con C.I.N° 605.774 domiciliado en Antequera 15667 de esta capital.———————–

5. Sra. Marlene Sosa, paraguaya, mayor de edad, soltera, periodista, con C.I.N° 897.123 domiciliada en Mcal Estigarribia N° 601 de esta capital.–

DERECHO

La presente Querella la fundo en los artículos 150 incisos 2° y 3°, 14 inciso 3° y 59 del Código Penal y los artículos 291 al 295 del Código Procesal Penal y demás concordantes.-

PETITORIO

I- RECONOCER mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado.—-

II- ADMITIR, la presente Querella que promueve JUAN PÉREZ contra ANTONIA RUIZ por el delito de CLUMNIA, y dar participación a la parte querellada.————————–

III – DAR intervención al Ministerio Público.—————————————————–

III- FIJAR día y hora de audiencia, a fin de dar cumplimiento al artículo 354 del Código Procesal Penal.——

IV- DAR intervención al Ministerio Público.——————————————————-

V- DEVOLVER los instrumentos presentados, previa agregación de sus copias debidamente autenticadas por el Actuario.———————————————————-

VI- OPORTUNAMENTE y previo los trámites de rigor dictar Resolución admitiendo la acusación presentada y ordenar la apertura a juicio.————————————————

PROVEER DE CONFORMIDAD, SERA JUSTICIA.

⚠️ ATENCIÓN: La información presente en cada recurso debe ser tomada como una REFERENCIA de AYUDA para el profesional; los escritos NO SON FORMULARIOS. ¡Muchas gracias!

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