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RECONOCIMIENTO DE MATRIMONIO APARENTE

OBJETO: PROMOVER ACCION SOBRE RECONOCIMIENTO DE MATRIMONIO APARENTE
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

NN, Abogado, por LISANDRA ADORNO, conforme lo justifico con el testimonio de poder que acompaño, constituyendo domicilio en la casa de la Calle Mauricio José Troche Nº 321 e/Iturbe de esta ciudad, siendo el domicilio real de mi conferente la casa de la calle Luís Alberto de Herrera Nº 235 de esta ciudad, a V.S. respetuosamente digo:———————————————————————————-

Que vengo a plantear acción de reconocimiento de matrimonio aparente contra JORGE QUINTANA, domiciliado en la calle Gumersindo Sosa y Tte. Vera de esta ciudad, fundado en las consideraciones de hecho y de y fallos jurisprudenciales sobre la materia que paso a exponer.—————-

HECHOS

En el año 1986, se unieron en concubinato Lisandra Adorno y Jorge Quintana, fijando domicilio en Luís
Alberto de Herrera Nº 235 de esta ciudad.————————————-
Esta relación de hecho que viene durando 9 años ha tenido su fruto con el nacimiento de dos hijos. Se adjunta
al escrito de demanda el certificado de nacimiento de los menores, en donde se acredita el reconocimiento en
calidad progenitores de los señores mencionados arriba.————————————————
Durante los años de vida en común, pudieron adquirir numerosos bienes, entre lo cuales menciono un inmueble ubicado sobre la calle Iturbe 850, inscripto en el Registro General de la Propiedad como Finca Nº 3545, bajo el Nº 3 al Folio 5 y siguientes del año 1982, refaccionado a nuevo, fruto del esfuerzo común o societario.—–

Hace más de seis meses que el demandado dejó de hacer vida marital y convivir en el hogar. Hechas algunas
averiguaciones, se comprobó que el demandado ha abierto un Hotel ubicado en el micro centro de Asunción,
razón por la cual, a fin de preservar sus derechos y los de sus hijos, peticionó al juzgado que se declare el
reconocimiento de dicha unión legal y su correspondiente anotación en el registro civil de las
personas.———————-

DERECHOS

Arts. 82 al 94 de Ley 1/92, ley de reforma parcial del Código Civil y demás concordantes.-

JURISPRUDENCIA

El matrimonio aparente confiere a cada concubino un estado de familia como derivación de aquella unión
afectiva entre un hombre y una mujer generado de efectos jurídicos.———-
Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Sala 2 – 21/12/1998 – María Insaurralde c/Carlos Ponce
s/Reconocimiento de matrimonio aparente.-

PETICIONES

I – RECONOCER mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar
indicado.—————————————————————————————-
II – TENER por deducida la acción de reconocimiento de matrimonio aparente que promueve LISANDRA
ADORNO contra JORGE QUINTANA.—

III – ORDENAR la inscripción de la Litis en el registro General de la Propiedad, con relación al inmueble supra
individualizado, a los efectos de precautelar los derechos de mi principal, oficiándose
al
efecto.———————————————————————–
IV – CORRER traslado de la demanda al demandado acompañando las copias presentadas, citando y
emplazando a fin de que lo conteste dentro del plazo de Ley.————————
V – AGREGAR los documentos presentados.——————————————————
VI – DICTAR oportunamente Sentencia definitiva, haciendo lugar a la acción deducida, condenando al
demandado en costas.——-

PROVEER DE CONFORMIDAD SERÁ JUSTICIA

⚠️ ATENCIÓN: La información presente en cada recurso debe ser tomada como una REFERENCIA de AYUDA para el profesional; los escritos NO SON FORMULARIOS. ¡Muchas gracias!

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