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PLANTEAR DEMANDA DE PAGO POR CONSIGNACIÓN

SEÑOR JUEZ

NN, Abogado, por MATEO INSFRAN, conforme lo justifico con el testimonio de poder que acompaño,
constituyendo domicilio en la casa de la Calle Mauricio José Troche Nº 321 e/Iturbe de esta ciudad, siendo el
domicilio real de mi conferente la casa de la calle Araucanos Nº 568 de esta ciudad, a V.S. respetuosamente
digo: —

Que vengo a plantear acción de resolución y extinción de contrato contra RAUL ORTELLADO, domiciliado en
la calle Tte. Fariña Nº 186 c/ Independencia Nacional de esta ciudad, fundado en las consideraciones de hecho y de derecho, fallos jurisprudenciales y la doctrina sobre la materia, que paso a exponer.——–

HECHOS

El recurrente, Sr. Mateo Insfran, se presenta ante el juzgado de primera instancia a los efectos de solicitar la
apertura de una cuenta bancaria a la orden del juzgado para poder realizar pago por
consignación.————-


Los hechos comentan que el Señor Mateo Insfran, en fecha 5 de enero del 2001 ha celebrado contrato de
locación por el término de 1 año 6 meses con el Señor Raúl Ortellado, por el usufructo de un inmueble ubicado en calle Araucanos 568, fijándose la renta mensual a 5.000.000 Gs.———

El Señor Mateo Insfran como es costumbre cada 5, fue a abonar la renta correspondiente al mes de junio, a lo
que el señor Raúl Ortellado se opuso a recibir, quizás esperando que transcurra el tiempo de tres meses y
constituirlo en mora para rescindir del contrato, ya que el Sr. Insfran tuvo conocimiento de que el propietario del inmueble obtuvo mejor oferta de locación por parte de una Inmobiliaria situada en frente del
mismo.–

Por todo ello, el recurrente se ve en la necesidad de depositar mensualmente el monto de la renta en una cuenta bancaria habilitada para el efecto y así lo solicita.—-

DERECHOS

Artículos: 584 inc. a); 585 y 588 al 590 del Código Civil y demás concordantes.–

JURISPRUDENCIA

En toda acción por daños y perjuicios producidos con motivo de accidente de tránsito la prueba para dirigirse a demostrar la existencia del hecho, la culpa, el daño y su monto. —

Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Sala 1 – 03/07/1995 – Emiliano León Mercado c/ Empresa de
Transporte Tte. Rojas Silva S.R.L. s/ Indemnización de daños y perjuicios (Auto Interlocutorio Nº
43).—

PETITORIO

I – TENER por reconocida mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar
señalado.——

II- TENER por iniciada la presente demanda que promueve MATEO INSFRAN contra RAÚL ORTELLADO
sobre PAGO POR CONSIGNACION, y de la misma y de los documentos presentados correr traslado al
demandado, citando y emplazándolo para que la conteste dentro del plazo de ley.—

III- ORDENAR el desglose y devolución de los
originales de los documentos presentados, previa agregación de su fotocopias certificadas por el Actuario.–

IV- OFICIAR al Banco Nacional de Fomento a fin de que informe sobre la cuenta N° 641520 a nombre de
MATEO INSFRAN C/ RAÚL ORTELLADO S/ PAGO POR CONSIGNACIÓN”, abierta en fecha 17 de julio
de 2002.—

V- PREVIO los trámites de rigor, DECLARAR válido el pago por consignación planteado contra el señor RAÚL ORTELLADO, en los términos de la demanda presentada.–

VI- CONDENAR al demandado en las costas del juicio.—-

PROVEER DE CONFORMIDAD SERÁ JUSTICIA.

⚠️ ATENCIÓN: La información presente en cada recurso debe ser tomada como una REFERENCIA de AYUDA para el profesional; los escritos NO SON FORMULARIOS. ¡Muchas gracias!

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